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Trámite dictamen de visto bueno para establecimiento e industria

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dictamen de visto bueno para establecimiento e industria (TR-CMPC-001)

Documentos especiales


» SOLICITUD Y AUTOEVALUACIÓN DEL GRADO DE RIESGO DEL ESTABLECIMIENTO

Cédula y protesta ciudadana


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Formatos del trámite


FORMATO DEL TRÁMITE
Clave:
tr-cmpc-001

Fecha de creación:
15/02/2022 15:05:48

Última actualización:
15/02/2022 15:05:48

Nombre del Tràmite o Servicio:
dictamen de visto bueno para establecimiento e industria

¿Es un trámite o servicio?
tramite

Modalidad de Trámite o Servicio:

1. nuevo negocio

2. renovación o regularización.

Fundamento Jurídico del Trámite o Servicio
  • artículo 40, fracción xxiv, arículos 44, 45, 46, 47 y 48. del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, querétaro.
  • artículo 35, fracción iv, número 1, inciso a de la ley de ingresos del municipio de el marqués, qro., para el ejercicio fiscal 2021.

Descripción de los casos en los que puede o debe realizarse el trámite o servicio

las personas físicas o morales que sean propietarias, poseedoras, responsables, apoderados legales, encargados de inmuebles comerciales o de servicio, y los establecimientos que se ubiquen en el municipio de el marqués, qro., tienen la obligación de solicitar el dictamen de visto bueno en materia de protección civil en los términos previstos por la coordinación municipal de protección civil.


Pasos que debe llevar a cabo el particular para su realización

trámite para solicitar dictamen de visto bueno de protección civil para establecimientos:

1.- solicitar en la ventanilla de la oficina de la coordinación municipal de protección civil del municipio del marqués la solicitud y autoevaluación del grado de riesgo y los requisitos.

2.- presentar en la ventanilla de la dependencia los requisitos señalados, según el tipo el grado de riesgo que se obtuvo de acuerdo a sus respuestas en la solicitud y autoevaluación del grado de riesgos del establecimiento, en formato digital (usb o cd) los cuales conserva la dependencia.

3.- esperar el tiempo de revisión del expediente (de 10 a 15 días hábiles) . en caso de tener observaciones hay que corregirlas.

4.- realizar el pago del dictamen de visto bueno.

5.- recoger el visto bueno en las oficinas de la coordinación municipal de protección civil y firmar acuse de recepción.


Tipo de usuario o población a quien va dirigido

a culaquier persona física o moral que desee obtener un dictamen que acredite que su establecimiento cuenta con las medidas de seguridad mínimas establecidas.


Descripción de los beneficios

los beneficios obtenidos en este trámite, son que el ciudadano pueda cumplir con una obligación que establece la ley municipal en materia de protección civil, así tiene la certeza de que su establecimiento cuenta con las medidas de seguridad necesarias para el funcionamiento de su establecimiento, así como procurar la seguridad de las personas, bienes y entorno.


Datos Requeridos para el trámite

1.- razón social o denominación.

2.- nombre del propietario o representante legal.

3.- domicilio del establecimiento.

4.- teléfono.

5.- correo electrónico.

6.-características del inmueble (altura máxima, superficie del inmueble, voltaje eléctrico).

7.- descripción de la actividad que desarrolla (si almacena líquidos flamabes, sustancias químias, corrosivas, irritantes o tóxicas, si tiene servicio de gas, almacena gases inflamables, material sólido de alta combustión, material biológico-infeccioso, si tiene venta de bebias alcohólicas, si requiere equipo de protección personal, etc.)


Documentos requeridos para llevar acabo el trámite o servicio
nombre documento características trámite o servicio adicional autoridad presentación documento
1.- identificación del propietario o representante legal debidamente acreditado (carta poder o poder notarial). 1.- identificación oficial n/a 1.- documento expedido por ine, sre o el poder ejecutivo del estado de querétaro. 1.-copia simple
2.- licencia de funcionamiento (en caso de ser renovación o regularización). 2.-puede ser la licencia del año pasado si es que se pretende renovarla con el vobo. 2.- trámite de la licencia de funcionamiento anterior 2.-coordinación de autorizaciones y licencias del municipio de el marqués 2.-copia simple
3.- oficio de solicitud de visto bueno (vobo). 3.- escrito de formato libre dirigido al lic. alejandro vázquez mellado larracoechea, director de protección civil. 3.- na 3.- na 3.- escrito simple y firmado por el propietario o representante legal.
4.- solicitud y autoevaluación del grado de riesgo del establecimiento llenada y firmada por el propietario o representante legal. 4.- llenada a mano o a computadora y con firma autógrafa. 4.- na 4.- formato que proporciona protección civil de el marqués. 4.- original y copia para sellar de recibido.
5.- documentos solicitados según el grado de riesgo en formato digital (usb o cd) 5.- presentado en formato digital usb o cd. 5.- na 5.- na 5.- original y copia para sellar de recibido.

fundamento jurídico:  artículos 40 fracción xxvi y 44 del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, qro.


Medio de Presentación

el trámite debe hacerse de forma presencial en las oficinas de la coordinación municipal de protección civil o digital, a través del sistema electrónico municipal.

fundamento jurídico:  artículos 45 y 46 del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, qro.


Formatos y otros documentos

presentar evidencias de forma física documental y de forma digital (usb o cd). puede descargar la solicitud y autoevaluación del grado de riesgo del establecimiento en la siguiente dirección electrónica: http://elmarques.gob.mx/tramites/tramite.php?cod=tr-cmpc-001

descargar formato:

solicitud y autoevaluacion

 

 


Plazo máximo de respuesta

30 días hábiles.


Tipo de ficta

negativa


Plazo apercibimiento

5 a 20 días naturales


Vigencia del documento

un año calendario (desde la fecha de su expedición hasta el 31 de diciembre del mismo año).

fundamento jurídico: artículo 16 de la ley de procedimiento administrativo del estado de querétaro, artículo 47 del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, querétaro.


Documento a conservar del trámite o servicio

visto bueno de protección civil vigente.

fundamento jurídico: artículo 44, 102, 103 y 118 del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, querétaro.


En caso de requerir inspección o verificación, señalar el objetivo de la misma

la coordinación municipal tiene a su cargo las funcions de vigilancia del cumplimiento de las disposiciones del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, querétaro, mediante las visitas de verificación o inspección, así como la correspondiente imposición de sanciones y aplicación de las medidas de seguridad que correspondan. la coordinación municipal, podrá ordenar y practicar visitas de verificación o inspección en inmuebles, bienes, obras y establecimientos a que se refiere el reglamento antes mencionado, con el fin de cerciorarse que se cumplan las disposiciones establecidas.


Horario de atención

lunes a viernes a 08:30 a 16:00 horas, días hábiles.


Costo del Trámite o Servicio
uma
grado de riesgo superficie i (0 a 100 m) superficie ii (300 a 500 m2) superficie iii (501 m2 en adelante)
bajo 3 ($268.86) 5 ($448.10) n/a
instituciones de asistencia privadas 3 ($268.86) 3 ($268.86) n/a
grado de riesgo superficie i (0 a 300 m2) superficie ii (300 a 1,000 m2) superficie iii (1,000 m2 en adelante)
medio 10 ($896.20) 15 ($1,344.30) 25 ($2,240.50)
instituciones de asistencia privadas 3 ($268.86) 3 ($268.86) 3 ($268.86)
grado de riesgo superficie i (0 a 1,000 m2) superficie ii (1,000-3,000 m2) superficie iii (3,000 m2 en adelante)
alto 31 ($2,778.22) 39 ($3,495.18) 47 ($4,212.14)
instituciones de asistencia privadas 3 ($268.86) 3 ($268.86) 3 ($268.86)

fundamento jurídico: artículo 35, fracción iv, número 1, inciso a, de la ley de ingresos del municipio de el marqués, querétaro, para el ejercicio fiscal 2021.


Criterios de Resolución

el cumplimiento de los requisitos solicitados por la coordinación municipal de protección civil, determinación del grado de riesgo del inmuele, factores externos al establecimiento.

fundamento jurídico:  artículo 48 del reglamento de protección civil para el municipio de el marqués, querétaro.


Autoridad que lleva a cabo el Trámite o Servicio

coordinación municipal de protección civil.


Datos del contacto para consulta y envió de información

nombre: lic. alejandro vázquez mellado larracoechea
cargo: director de la coordinación municipal de protección civil
adscripción: coordinación municipal de protección civil de el marqués, qro.
correo electrónico: avazquez@elmarques.gob.mx
domicilio: av. emiliano zapata no. 75 pte., la cañada, el marqués, qro.
teléfono: (442) 234 7699


Oficinas de atención

coordinación municipal de protección civil
av. emiliano zapata no 75 pte., la cañada, el marqués, qro.
horario de atención: 8:30 a 16:00 horas de lunes a viernes


Quejas y Denuncias

lic. lirio pineda mujica

director de la fiscalización de la auditoria superior municipal, el marqués, qro

av. venustiano carranza no. 2 la cañada, el marqués, qro.

(442) 2388400 ext. 1150 horario: 08:30 a 16:00hrs.


La información contenida en esta cédula de trámite así como su actualización es responsabilidad del titular de la dependencia.

Descargar Cédula de trámite Formato Protesta Ciudadana

Descripción

un visto bueno es un documento que autoriza a un lugar o establecimiento asentado en el municipio de el marqués, querétaro; el debido funcionamiento, con base en las medidas de seguridad aplicables en materia de protección civil, el cual deberá ser presentado de manera documental o digital.

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